Empleo/ Contratación

Contratación Indefinida

Son subvenciones a fondo perdido para autónomos y pymes de Andalucía, para la contratación indefinida con la condición de que dicho contrato se mantenga durante 24 meses.

Plazo

30 Abril, 2025

¿Quién puede solicitarlo?

Línea 1: Primera contratación indefinida por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.

a) 18.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

b) 9.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

 

Línea 2. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes menores de 30 años y otros colectivos vulnerables (pequeñas y medianas empresas en general).

a) 15.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

b) 7.500 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

 

 

Línea 3. Incentivo dirigido a la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa

a) 7.500 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

b) 10.000 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa con personas con discapacidad. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

 

Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad.

a) 20.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

 

  b) 10.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial,  que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

No serán subvencionables las siguientes contrataciones:

a) Las formalizadas con personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los seis meses anteriores al inicio del contrato a subvencionar, con la misma persona o entidad solicitante, o perteneciente al mismo grupo de empresas.

b) Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes, y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, de la persona titular de la empresa o a la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma.

c) Las de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.

d) Las relaciones laborales de carácter especial, recogidas en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

e) Las formalizadas en la modalidad de fijos discontinuos.

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Requisitos para solicitar la ayuda

Requisitos de las entidades solicitantes

Las personas beneficiarias de estas subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía. Se entenderá que una persona beneficiaria desarrolla su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuando tenga en alta una cuenta de cotización de la Seguridad Social en una provincia andaluza.

b) Las personas trabajadoras, por cuenta propia o autónomas, deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad alternativa correspondiente.

c) Cada contratación indefinida incentivada deberá suponer un incremento neto en la plantilla con contrato indefinido ordinario.

 

Requisitos de los contratos y trabajadores

Las contrataciones indefinidas deberán haber sido realizadas con alguno de  los siguientes colectivos:

 

a) Personas jóvenes menores de 30 años de edad.

b) Personas desempleadas de larga duración.

c) Personas mayores de 45 años de edad o más.

d) Personas discapacitadas



¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?

Plazo para presentar solicitudes

Convocatoria abierta desde el 26 de octubre 2024 hasta el 30 de abril de 2025 Carácter retroactivo: entrarán contratos realizados desde el 01 de marzo de 2024