Empleo/ Contratación
Son subvenciones a fondo perdido para autónomos y pymes de Andalucía, para la contratación indefinida con la condición de que dicho contrato se mantenga durante 24 meses.
Plazo
30 Abril, 2025
¿Quién puede solicitarlo?
Línea 1: Primera
contratación indefinida por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.
a) 18.000 euros,
para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en
2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer
b)
9.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será
igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la
persona contratada sea mujer
Línea 2.
Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes menores de
30 años y otros colectivos vulnerables (pequeñas y medianas empresas en
general).
a) 15.000 euros,
para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en
2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer
b)
7.500 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será
igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la
persona contratada sea mujer
Línea 3. Incentivo dirigido a
la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en
contratos indefinidos ordinarios a jornada completa
a)
7.500 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa. Se incrementa en
2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer
b)
10.000 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa con
personas con discapacidad. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la
persona contratada sea mujer
Línea 4.
Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad.
a) 20.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer
b) 10.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer
No serán subvencionables las siguientes contrataciones:
a) Las formalizadas con personas
que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los seis meses
anteriores al inicio del contrato a subvencionar, con la misma persona o
entidad solicitante, o perteneciente al mismo grupo de empresas.
b) Las que afecten al cónyuge,
ascendientes, descendientes, y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta
el segundo grado inclusive, de la persona titular de la empresa o a la persona
trabajadora por cuenta propia o autónoma.
c) Las de quienes ostenten cargos
de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.
d) Las relaciones laborales de
carácter especial, recogidas en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
e) Las formalizadas en la
modalidad de fijos discontinuos.
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Requisitos para solicitar la ayuda
Requisitos de las
entidades solicitantes
Las personas beneficiarias de
estas subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Desarrollar su actividad
económica o profesional en Andalucía. Se entenderá que una persona beneficiaria
desarrolla su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Andalucía cuando tenga en alta una cuenta de cotización de la Seguridad Social
en una provincia andaluza.
b) Las personas trabajadoras, por
cuenta propia o autónomas, deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de
la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en la
mutualidad alternativa correspondiente.
c) Cada contratación indefinida
incentivada deberá suponer un incremento neto en la plantilla con contrato indefinido
ordinario.
Requisitos de los
contratos y trabajadores
Las contrataciones indefinidas deberán
haber sido realizadas con alguno de los
siguientes colectivos:
a) Personas jóvenes menores de 30
años de edad.
b) Personas desempleadas de larga
duración.
c) Personas mayores de 45 años de
edad o más.
d) Personas discapacitadas
¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
Plazo para presentar solicitudes
Convocatoria abierta desde el 26 de octubre 2024 hasta el 30 de abril de 2025 Carácter retroactivo: entrarán contratos realizados desde el 01 de marzo de 2024